¿Sabes en qué caso procede el seguro si eres víctima de robo de auto?

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Por: Beatriz Olivia Pérez
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El seguro de autos siempre es procedente cuando al automovilista le roban la unidad, ya sea bajo amenazas, con arma blanca, pistola o agresiones físicas, afirman expertos y desmienten las versiones que circulan en WhatsApp en las que se desinforma y les piden mentir al denunciar ante el Ministerio Público.

Rosy Ralero, agente de seguros dijo a xeu que: “La violencia también son las amenazas el hecho de que a una persona la encañonen, el hecho de que a una persona le digan que tiene que bajarse y la amenacen con un cuchillo, eso es violencia, no tiene que tener un ojo morado o brazo roto para demostrar que fue con violencia, el mensaje que circula por WhatsApp o por correo es una absoluta mentira”.

Ante el mensaje de WhatsApp que sugiere mentir al denunciar los hechos ante el Ministerio Público no ayuda en nada y puede afectarle al denunciante porque mentir es una cláusula de rescisión del contrato.

“Es importante que recordemos que una de las causas de rescisión de contrato en el seguro es la omisión o declaración inexacta, es decir, decir mentiras hace que nos quedemos sin póliza”.

Recalca que la persona que es víctima de robo de auto, es necesario que acuda al MP a interponer la denuncia correspondiente y siempre decir la verdad.

Por otro lado, recalcó que no aplica el seguro cuando el automovilista es engañado y por voluntad entrega las llaves y la documentación, en ese caso se configura el delito de fraude, no un robo y en ese caso no procede el seguro.

Asimismo, indicó que si algún automovilista es objeto de robo de su unidad, lo que procede es denunciar ante el MP, además informar a la Policía Federal y a Tránsito, luego de ello se integra toda la documentación para hacer la reclamación del seguro.

Recomendó reportar a la aseguradora desde el momento del hecho, para que el ajustador llegue y tome conocimiento del caso, pero recalca que el ajustador no puede hacerlo dar seguimiento por sí mismo porque es un trámite legal que deben hacer los dueños de los vehículos, al igual que las declaraciones, las tienen que hacer el conductor o quienes estaban en posesión del vehículo al momento de los hechos.

Rosy Ralero dijo que la ley da un máximo de 30 días para que las aseguradoras hagan el pago, pero casi siempre lo hacen antes, muchas veces se demoran porque no está bien integrado el expediente, refirió.

Además, detalló que si el auto está en proceso de pago a una financiera, la póliza tiene un beneficiario preferente y primero va a pagar al banco o quien esté financiando el mismo, hasta el monto de sus intereses, el 100 por ciento de la deuda y el remanente se paga al asegurado, eso aplica para cualquier seguro de auto y también los hipotecarios.

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