Riesgo para la madre y embarazo por violación ya se estipulan en el Código Penal del Estado: Abogado

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Por: Daniel Aguilar
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La definición sobre la situación del aborto es un tema que lleva muchos años y se refiere a la libertad de la mujer para tomar decisiones sobre su cuerpo y la solicitud de modificar la figura política de este acto se solicitó a finales del año pasado, mencionó el abogado litigante Felipe Fernández Fourzán.

Cabe señalar que, de acuerdo a las declaraciones del abogado litigante, las causales como riesgo de vida de la madre y embarazo por violación ya están estipuladas en el Código Penal del Estado como excepciones a la regla del delito de aborto, por lo que la petición de la ONU es que el aborto tome otra figura jurídica, afirmó Felipe Fernández Fourzán.

En entrevista para XEU Noticias, el abogado expresó que la solicitud de la ONU al Congreso de Veracruz para que el aborto no se considere como delito se realizó el 13 de diciembre del 2017, haciendo énfasis en tres artículos, el 149, 150 y 151 del Código Penal del Estado.

Al pasar los meses y no emitir una respuesta a esta petición, a través de un amparo, juez federal emitió la orden de, que lo más pronto posible se realicen dichas modificaciones, marcando el 31 julio del presente año como la fecha límite.

La finalidad es eliminar el aborto como delito para ubicarlo en el rubro de salud pública, estipulando dos panoramas importantes, uno de ellos que la vida de la madre esté en riesgo y otro en el que el embarazo sea producto de una violación.  

Fernández Fourzán mencionó que México pertenece a los Tratados Internacionales de Derechos Humanos, por lo que se tiene que someter a las dictaminaciones de la corte o de la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos las recomendaciones que las mismas hagan.

Foto: Ilustrativa de archivo

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