Reforma sobre legítima defensa no es un permiso para matar: abogado

Imagen Reforma sobre legítima defensa no es un permiso para matar: abogado

Por: Carmen Navarro

La reforma al artículo 25 del Código Penal para el Estado de Veracruz que establece que no habrá sanción a quien prive la vida a un tercero,  siempre y cuando sea en defensa de sus bienes o su familia, no debe tomarse entre los ciudadanos como un “permiso para matar”, señaló el abogado Francisco Ramírez Llaca.

En entrevista telefónica con xeu Noticias, el presidente del Colegio de Abogado de Veracruz explicó que la iniciativa que aprobaron por unanimidad los diputados del Congreso Local, se trata de las conductas que excluyen de la categoría de delito.

“Esta sería causa de justificación. Ya está establecido que es causa de justificación el repeler conforme a la ley una agresión inminente a cualquiera que pretende penetrar a un lugar donde en su hogar y te da derecho a protegerse”, dijo.

Con esta reforma, “Este delito acompaña a las personas a donde esté. Yo me pregunto si no es en tu casa, si estás al frente de mostrador y de repente llega una gente armada u objeto cualquiera y ejerce lo que se llama agresión, tienes derecho a defenderte, no veo el motivo a no defenderte. Es inherente a la persona que realiza la conducta porque sufre la agresión”.

Sin embargo, las personas deben saber que hay aspectos que determinan si hubo una legítima defensa o no: que el delito sea instantáneo y que no se tuvo otra manera de evitarlo.

Aclaró que hay casos que no aplica la legítima defensa, por ejemplo, si un padre de familia busca y mata al secuestrador que se llevó a su hijo, “eso ya es venganza”.

“Repeler la agresión que no suene a permiso para matar, simplemente es repeler la agresión de una manera proporcional a la que se está recibiendo (…) Habría que ver cuál fue la razón por la que tuvo la necesidad de privarlo de la vida y lo puede privar de la vida con un arma, con un cuchillo, con un palo o con cualquier objeto”, abundó.

Sobre el derecho de las personas para tener un arma, el abogado aclaró que es un tema diferente y se encuentra regulado por la Secretaría de la Defensa Nacional.

Los ciudadanos tienen derecho a poseer un arma en su casa con un registro de la Sedena, pero para transportarla debe obtener otro permiso de la institución.

“Tendrían que tener un permiso para transportación. No hay permisos para portación, salvo las fuerzas locales, estatales y nacionales”, dijo. 

 

 

 

 

cna/Foto: Archivo