Financiamiento a partidos no debe ser en efectivo como en caso Eva Cadena: Fepade

Imagen Financiamiento a partidos no debe ser en efectivo como en caso Eva Cadena: Fepade

De acuerdo con el Instituto Nacional Electoral (INE), el financiamiento a partidos políticos debe ser público y no puede ser en efectivo, como ocurrió en el caso de la ex candidata de Morena a la alcaldía de Las Choapas, Eva Cadena, al recibir medio millón de pesos presuntamente para Andrés Manuel López Obrador, estableció Santiago Nieto Castillo titular de la Fiscalía Especializada para la Atención de los Delitos Electorales (Fepade).

Y es que detalló que de acuerdo con la legislación electoral un partido sí puede recibir financiamiento privado pero éste tiene que “desarrollarse a partir de los esquemas que marca el INE y no puede ser a par5tir de la entrega de dinero en efectivo”, añadió.

Es importante mencionar que el INE establece en sus lineamientos que “el financiamiento de los partidos políticos y candidatos independientes, es la plataforma sobre la que se construye la equidad en los procesos electorales. Es así que el Instituto Nacional Electoral, entre sus atribuciones, tiene la facultad de revisar el origen, monto, destino y aplicación de tales recursos, para comprobar que sean utilizados de manera correcta y conforme a lo establecido por la normatividad. A ello se le denomina fiscalización”.

Asimismo que el INE establece que los partidos políticos “pueden recibir prerrogativas del INE, a lo cual se le denomina financiamiento público, y pueden recibir financiamiento privado en su modalidad de aportaciones de militantes y simpatizantes, del autofinanciamiento o de rendimientos financieros, fondos y fideicomisos”. No obstante, advierte que “con la fiscalización se asegura que el origen de los recursos que utilizan los partidos y candidatos provenga de las fuentes permitidas por la ley, que no pasen los topes establecidos y que se realicen a través del sistema bancario mexicano”.

Por tanto, el INE exige que “bajo ninguna circunstancia, los partidos políticos o candidatos podrán recibir aportaciones o donativos en dinero o en especie de Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial (local y federal), dependencias públicas, partidos políticos, iglesias, organizaciones civiles ni mercantiles; tampoco de personas físicas con actividad mercantil, personas morales, mexicanas o extranjeras, colectas públicas, ni de personas no identificadas”.

Fuente: Milenio/INE/doh/foto: archivo

Editor: Redacción xeu
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